La Dirección General de Culto Católico, nexo entre el Estado y la Iglesia Católica Apostólica Romana, centraliza las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las personas jurídicas que la integran, entre otras: la Conferencia Episcopal Argentina, los Arzobispados y Obispados, los Institutos de Vida Consagrada y demás personas eclesiásticas.
Es su función también observar el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano y al Registro de Institutos de Vida Consagrada y el otorgamiento de credenciales eclesiásticas.
A la Dirección General de Culto Católico le compete:
- Proponer y ejecutar políticas, planes y programas operativos destinados a la aplicación de los acuerdos suscriptos entre la República Argentina y la Santa Sede relacionados con la creación y provisión de diócesis y circunscripciones eclesiásticas equivalentes, territoriales o personales.
- Proponer el proyecto de presupuesto anual para el sostenimiento del culto católico e intervenir en su ejecución.
- Llevar el Registro de Institutos de Vida Consagrada creado por ley 24.483 y tramitar las peticiones de los sujetos inscriptos en él.
- Tramitar el ingreso en la República, prórroga de permanencia y radicación de clérigos y religiosos católicos.
- Intervenir en todos los trámites y peticiones que realice la Iglesia Católica y las personas jurídicas que la integran, ante los poderes públicos.
- Intervenir en el otorgamiento y pago de los beneficios establecidos por las leyes 21.540; 21.950; 22.162; 22.430; 22.950 y normas complementarias.
- Otorgar las credenciales eclesiásticas, diligenciar los pasaportes diplomáticos u oficiales de los señores cardenales u obispos, y legalizar la firma de los documentos emanados de autoridades eclesiásticas.