La Dirección General del Registro Nacional de Cultos, nexo entre el Estado y las confesiones distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana, centraliza las gestiones que ante las Autoridades Públicas hicieren las organizaciones religiosas inscriptas.
Es su función también observar el cumplimiento de la normativa vigente sobre trámites que realicen las iglesias, comunidades o confesiones religiosas peticionantes de inscripción o aquéllas reconocidas, ante los poderes públicos.
A la Dirección General del Registro Nacional de Cultos le compete:
- Analizar y tramitar las solicitudes de reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas e inscribirlas en el Registro correspondiente.
- Extender la documentación que acredite el reconocimiento de las iglesias, comunidades y confesiones religiosas, así como sus sedes, filiales y autoridades.
- Intervenir en todos los trámites que realicen las iglesias, comunidades o confesiones religiosas ante los poderes públicos.
- Tramitar el ingreso en la República, prórroga de permanencia y radicación de pastores, ministros religiosos o dirigentes pertenecientes a las iglesias o comunidades religiosas reconocidas.
- Legalizar la firma de los documentos emanados de autoridades de iglesias o confesiones religiosas reconocidas.